Cuando hablamos de andar en bici en una vía pública, hablamos de tener que cumplir con ciertas especificaciones que suelen indicar las leyes encargadas de regir el orden. Muchos de los accesorios que llevamos al andar en bici son de obligación, como por ejemplo el caso, una herramienta fundamental para velar por nuestra integridad física ante cualquier accidente.
Ahora bien ¿Cuándo resulta obligatorio llevar el casco en la bici y cuándo no? A continuación, responderemos tus interrogantes, y te facilitaremos toda la información necesaria para que conozcas lo que dicen las leyes ante esta situación, así como las consecuencias de no cumplir con ellas.
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Según la DGT, en España el uso del casco para los ciclistas se vuelve obligatorio cuando estos son menores de 16 años, sin importar la vía por la que circulen, en cuanto las personas mayores de 16 años el uso será obligatorio cuando pedaleen por vías interurbanas, mientras que en la ciudad se vuelve más una recomendación que una obligación.
El cumplimiento de estas leyes no solo te evita las temidas multas, sino que también te protege de la gravedad en un accidente.
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Probablemente te estés preguntando ¿Qué pasa si no llevo el caso en la bici? A continuación, te expondremos 2 puntos principales y de mayor importancia que responderán a tu pregunta.
¡No dejes de ver la normativa de tráfico sobre los portabicicletas!
El casco en la bici no es lo único obligatorio y necesario para prevenir accidentes, existen algunos otros accesorios que te resultan de gran utilidad y te dan relevancia en la vía.
Uno de los más importantes y penados por la ley de no llevarlos correctamente en tu bici son las luces para bicicletas, estas son las que te permiten ser visible para otros vehículos en las vías oscuras.
Ten en cuenta que, entre un auto, una moto y una bicicleta, el mayor riesgo de gravedad se lo lleva el ciclista, por eso este debe contar con los implementos necesarios para evitar ser invisible en la noche.
La DGT recomienda y normatiza el uso de la luz de posición blanca en la parte de adelante, y la luz de posición roja en la parte trasera de la bicicleta, también nos dice que se debe llevar un catadióptrico rojo que no sea triangular ubicado en la parte trasera, y de manera opcional otro catadióptrico en los pedales y en los radios de las ruedas de color amarillo.
Otra norma es el uso del chaleco reflectante, de hecho, no circular con las luces antes mencionadas, podría conllevar a una multa de 80 euros, e incluso una de 200 euros si no se lleva el chaleco.